Preguntas frecuentes
Aquí Avantgates presenta algunas de las preguntas frecuentes sobre nuestra puerta.
La nuestra empresa tiene como objetivo proporcionar explicaciones sobre las normas europeas e italianas que rigen la instalación y automatización de puertas y portones (tanto motorizados como manuales).
Contamos con su participación en la evolución de este documento y quedamos a su disposición para cualquier duda o inquietud que desee plantear.
Sí, aunque sean cancelas manuales.
Sin embargo, se debe hacer una distinción entre la directiva de productos de construcción y la directiva de "Maquinaria" a la que puede caer una puerta automática.
Es la certificación de la conformidad del producto con las Directivas comunitarias aplicables, realizada por el fabricante.
Sí, para productos que entran en el ámbito de aplicación de una directiva específica transpuesta a la legislación italiana.
Este es el caso, por ejemplo, de los productos a los que se aplica la Directiva "Maquinaria".
Sí, como dice el Anexo I del Decreto Legislativo 17/2010: “cada máquina deberá llevar, de forma visible, legible e indeleble, al menos, la siguiente información: razón social y domicilio completo del fabricante y, en su caso, de su representante autorizado , designación de la máquina, marcado "CE", designación de la serie o tipo, posiblemente número de serie, año de construcción, es decir, el año en que se completó el proceso de fabricación".
¡Si! La declaración se conservará en el expediente técnico y se entregará una copia al propietario.
La declaración de conformidad es la asunción formal por parte del fabricante de la conformidad de la máquina con los requisitos establecidos en las directivas aplicables. Debe estar firmada por el representante legal de la empresa o por una persona que tenga un delegado notarial para firmar la declaración.
El expediente técnico debe ser creado y conservado por el fabricante de la máquina por un período de al menos 10 (diez) años a partir de la fecha de fabricación (fecha de instalación de la puerta o portón motorizado) y debe estar a disposición de las autoridades competentes cuando se le solicite.
Norma EN 13 241:2003+A2:2016 (norma armonizada según la Directiva de Productos de Construcción y la Directiva de Máquinas), publicada en el apartado C398 del Diario Oficial de la Unión Europea de 28 de octubre de 2016. A partir del 1 de noviembre de 2016 comenzó el período transitorio durante el cual, indistintamente, pueden comercializarse productos marcados según la antigua UNI EN 13 241-1:2011 o la nueva UNI EN 13 241:2016, a discreción del fabricante. Desde el 2 de noviembre de 2017 la aplicación es obligatoria.
Se aplica a todo tipo de puertas, tanto manuales como motorizadas, utilizadas para el paso de personas y vehículos en entornos industriales, comerciales y residenciales. El término "puerta" se refiere a todo tipo de puertas, basculantes o seccionales, portones, barreras viales, persianas, etc.
Las exclusiones incluyen: puertas peatonales manuales de menos de 6,25 m²; puertas peatonales motorizadas (amparadas por prEN 12650-1); puertas cortafuegos (amparadas por el prEN 13241-2) y barreras utilizadas únicamente para el paso de vehículos.
La norma especifica los requisitos de seguridad y rendimiento de las puertas; requiere que el fabricante declare estas características; requiere la realización de pruebas para demostrar estas características (algunas con la intervención de un organismo notificado).
También requiere que el fabricante controle su producción para garantizar que el rendimiento medido en las muestras de prueba se mantenga en la producción actual.
Para todos los productos a los que se aplica esta normativa, el fabricante o importador deberá expedir obligatoriamente al cliente final un certificado de cumplimiento de las citadas Directivas.
En la norma EN 13241: 2003 + A2: 2016 se prevé que los procedimientos para la certificación de la conformidad de puertas y portones industriales, comerciales y de garaje deben realizarse según el "sistema 3", tal como se define en la Directiva de Productos de Construcción.
En el sistema 3 se requiere un "Organismo Notificado" para las pruebas de tipo iniciales del producto.
El organismo notificado es un tercero, normalmente un laboratorio de pruebas que ha obtenido (en Italia) la notificación y autorización del "Ministerio de Actividades Productivas" para actividades de certificación CE de conformidad con la Directiva 89/106 / CE (Directiva de productos para la construcción)
No; ninguno de los requisitos se aplica directamente a los automatismos, aunque en algunos casos se ven afectados indirectamente.
Las directivas aplicables a las puertas y portones motorizados son las siguientes:
• Directiva «Máquinas» (89/392/CEE): transpuesta en Italia mediante el DPR 459 de 1996; en vigor desde el 21. 09. 1996;
• Directiva sobre productos de construcción (89/106/CEE): transpuesta en Italia mediante el DPR 246 de 1993, modificado por el DPR 499 de 1997.
Las directivas aplicables a los componentes, según los diferentes tipos, son las siguientes:
• Directiva de Compatibilidad Electromagnética (89/336/CEE): transpuesta en Italia por el D. Lgs. 476 de ’92 y modificada por el D. Lgs. 615 de ’96;
• Directiva de Baja Tensión (73/23/CEE): transpuesta en Italia por la Ley 791 de 1977 y modificada por el Decreto Legislativo 626 de 1996;
• Directiva R&TTE (1999/5/CE): sobre equipos radioeléctricos y terminales de telecomunicación; transpuesta en Italia mediante D. Lgs 269 de 9 de mayo de 2001.
El 1 de agosto de 2002, UNI publicó las versiones en lengua italiana de las normas europeas EN 12 453 y EN 12 445 (fechadas en noviembre de 2000), que, a partir de esa fecha, sustituyeron oficialmente a la antigua norma italiana.
Las dos normas tratan de «Puertas y portones industriales, comerciales y de garaje – Seguridad en el uso de puertas motorizadas. »
En particular, la UNI EN 12 453 se ocupa de los requisitos de seguridad de uso de las puertas, mientras que la UNI EN 12 445 se ocupa de los métodos de ensayo que deben aplicarse a las puertas para demostrar su conformidad con los requisitos exigidos por la UNI EN 12 453.
En cualquier caso, debe existir un «jefe de ventas» que se encargue de expedir la declaración «CE» de conformidad, por lo que es el responsable de la puerta automatizada. Importante !!! Se aconseja al jefe de ventas que no asuma la responsabilidad de certificar una «máquina» si un componente de la misma carece de la Declaración de Conformidad emitida por el fabricante.
Este podría ser el caso de un electricista que recibe la orden de motorizar una puerta, cuando la estructura de hierro carece de una declaración de conformidad regular emitida por el fabricante. En este caso, la persona se hace responsable de la «máquina», pero no tiene en su expediente técnico ningún documento o declaración del organismo notificado sobre la estructura de la puerta. Por lo tanto, en caso de accidente, la entidad investigadora podría solicitar un documento que no posea.
En todos los ambientes sujetos al D. Lgs. 626/94 sustituido por el D. Lgs 81-2008, las autoridades competentes están facultadas para efectuar controles. Por regla general, en todos los ámbitos, en caso de solicitud motivada (accidente, reclamación, etc. ), las autoridades competentes tienen la facultad de intervenir.
Sí, si se comprueba que no se cumplen las directivas europeas. En caso de accidente, estas sanciones pueden ser también de carácter penal, además de administrativo.
El contrato, que regula la relación entre el instalador/mantenedor y el cliente, prevé en favor de este último una acción por defectos y defectos de la obra que prescribe en un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha de entrega de la obra (art. 1667 CC). En cuanto a la responsabilidad por daños causados por productos defectuosos, el fabricante será responsable durante un período de 10 (diez) años a partir de la fecha de fabricación (fecha de instalación de la puerta).
El mantenimiento de las "máquinas" (para las cuales también las puertas y portones automáticos), debe realizarse según las instrucciones del fabricante en el relativo plan de mantenimiento o falta de mantenimiento. La empresa SMOES srl recomienda que se elabore e implemente un plan de mantenimiento, siguiendo las instrucciones contenidas en el manual de mantenimiento y siguiendo las indicaciones de la norma EN 12635.
En los sistemas de edificación donde es aplicable el Decreto Legislativo 626/94, ahora sustituido por el Decreto Legislativo 81-2008, es obligatorio realizar el mantenimiento de las máquinas.
Según el DPR 459/96, el mantenimiento ordinario y extraordinario no implica la aplicación de la Directiva de Máquinas a un producto ya puesto en servicio antes del 21 de septiembre de 1996. Por el contrario, si se realizan operaciones de modificación del producto que no forman parte del mantenimiento ordinario y extraordinario, la intervención se configura como la construcción de una máquina nueva y, por lo tanto, debe aplicarse el DPR 459/96.
Deberá informarse al propietario de la instalación de las responsabilidades civiles y penales derivadas del incumplimiento de la ley, tanto para él como para el instalador. Antes de realizar cualquier intervención en la instalación, ésta debe ajustarse a los requisitos esenciales de seguridad establecidos por la ley.
No es tarea del responsable colocar el marcado CE en los componentes y en la puerta acabada. Cuando sea necesario, los componentes se sustituirán por otros que tengan las mismas funciones y características.
El uso de diferentes componentes puede constituir una modificación de la máquina y, por lo tanto, requerir su adaptación a las leyes/normas vigentes en el momento de la modificación.
La única excepción se refiere a los mandos a distancia que funcionan con frecuencias actualmente asignadas a otros servicios. En este caso, es necesario sustituir los productos por otros que utilizan frecuencias permitidas.
La empresa SMOES srl sugiere rechazar el encargo después de haberle informado adecuadamente de los riesgos que corre.
No existe ninguna posibilidad de obtener una exención ni para el DPR 459/96 ni para la Ley 46/90; art. 7: «Las empresas instaladoras están obligadas a realizar las instalaciones con arreglo a las normas técnicas utilizando para ello materiales igualmente construidos con arreglo a las normas técnicas. »
Sí, según la Directiva de Máquinas. Se excluyen los sistemas de automatización de puertas de garaje para uso doméstico en unidades de vivienda individuales y con mando no automático si el fabricante del kit de automatización declara que cumple plenamente los requisitos de la norma EN 60 335-2-95